jueves, 30 de agosto de 2012

¿CUÁNDO NO PROCEDE LA ACCIÓN DE TUTELA?



Cuando existan otros recursos o medios de defensa judiciales

- Cuando se pueda proteger el derecho invocando el Habeas Corpus

- Cuando se busca proteger un derecho colectivo, excepto que sea como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable o cuando se presenta conexidad entre el derecho colectivo y uno fundamental del demandante.

- Cuando sea evidente que la violación del derecho originó un daño consumado, salvo que esté continúe.


- Cuando se interpone contra actos de carácter general, impersonal y abstracto.

- Cuando se interpone contra providencias judiciales no procede por regla general, pero sí excepcionalmente, cuando estas constituyan una vía de hecho.



¿CONTRA QUIÉN SE PUEDE INTERPONER UNA ACCIÓN DE TUTELA?



La acción de tutela puede ejercitarse contra las autoridades públicas o contra particulares.

Según se desprende de la norma transcrita la tutela procede, en principio, cuando la autoridad pública con una acción u omisión viola un derecho fundamental. Pero dicha violación también puede provenir de un particular, en dicho evento cabe acción de tutela si dicha persona particular presta servicios públicos o afecta el interés colectivo, o hay subordinación o indefensión con respecto a él.



¿QUÉ CONDICIONES DEBE PRESENTAR PARA ACCEDER A UNA ACCIÓN DE TUTELA?

Para que la tutela sea procedente deben cumplirse las siguientes condiciones:

1. Que se trate de la violación de un derecho fundamental

2. Que se trate de una violación no consumada definitivamente o de una amenaza de violación


¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE EL PROCEDIMIENTO POR EL CUAL SE TRAMITA LA ACCIÓN DE TUTELA?




Es un procedimiento preferente, esto es, el juez debe darle prevalencia por encima de los demás asuntos que tenga a su cargo, salvo respecto del mecanismo de protección de derechos denominado habeas corpus.

El trámite de la tutela también se caracteriza por su sumariedad, lo cual significa que es corto y ágil.

Además es un procedimiento que se rige por los siguientes principios:

Publicidad
Prevalencia del derecho sustancial
Economía
Celeridad
Eficacia
Interpretación de acuerdo con tratados internacionales


¿CUÁLES SON LOS TIPOS DE PRUEBAS QUE SE PUEDEN PRESENTAR EN UNA ACCIÓN DE TUTELA?



PRUEBAS

En la acción de tutela las pruebas pueden ser informales, es decir, que son válidos los documentos en fotocopia no auténtica y además se pueden utilizar todos los medios que lleven al juez al convencimiento sobre los hechos que se exponen, como son los testimonios, fotografías, grabaciones, etc.




martes, 28 de agosto de 2012

¿CUÁLES SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES QUE SE CONSIDERAN VULNERADOS?





Son todos los derechos naturales que tiene todo hombre como:

* A la vida.
* A la integridad personal -física, psíquica y moral.
* A la libertad personal.
* A peticionar ante las autoridades.
* A la libertad de expresión.
* A la protección de la libertad de conciencia y de religión.
* A reunirse libremente y a asociarse.
* A la identidad y la nacionalidad.
* A la propiedad privada.
* A circular y a residir en el territorio de un Estado.
* A un juicio justo en un plazo razonable ante un tribunal objetivo, independiente e imparcial y a la doble instancia judicial.
* A la presunción de inocencia.
* A la defensa.
* A no ser discriminado.
* A trabajar.
* A la salud.
* A la cultura.
* A la protección y asistencia familiar.
* A la asistencia de niños y adolescentes.
* A recibir protección y asistencia durante el embarazo y parto.
* A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
* A la educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza.
* A un medio ambiente sano y equilibrado.
* A la autodeterminación de los pueblos.
* A la protección de su salud, seguridad e intereses
* A una alimentación, vestido y vivienda adecuadas.
* A la educación pública y gratuita en todos los niveles de enseñanza.
* A un medio ambiente sano y equilibrado.
* A la autodeterminación de los pueblos.
* A la protección de su salud, seguridad e intereses económicos y a una información adecuada y veraz en relación al consumo y uso de bienes y servicios
* A vivir en paz.
* Al desarrollo humano económico y social sostenible.


¿CUÁNDO SE INTERPONE UNA ACCIÓN DE TUTELA?

Cualquier día a cualquier hora, aún cuando está operando un estado de excepción. Cuando la persona sienta que se está violando uno de los derechos fundamentales.